El niño es reconocido por el padre, pero sólo la madre tiene la custodia; o por una orden judicial, sólo la madre o el padre tiene la custodia.
certificado de nacimiento o extracto extenso del menor (no más de 6 meses de antigüedad)
extracto del Registro de custodia (no más de 6 meses de antigüedad)
certificado de nacimiento o extracto extenso del menor (no más de 6 meses de antigüedad)
extracto del Registro de custodia (no más de 6 meses de antigüedad)
formulario de consentimiento debidamente completado
copia del documento de identidad válido o del pasaporte del padre competente
documento de identidad del adulto acompañante
El Ministerio de Justicia es responsable de publicaciones y información dada en este sitio web. La información ha sido recopilada con cautela y precisión. El Ministerio de Justicia hace todo lo posible para mantener la información lo más actualizada posible. Sin embargo, no se pueden derivar derechos de este sitio web. Este sitio web está administrado por el Ministerio de Justicia. Se puede compartir la información de este sitio web, siempre con mención de fuente.